El derecho del autor a la remuneración por comunicación pública en la ley española de propiedad intelectual
- MARTIN SALAMANCA, SARA
- José Miguel Rodríguez Tapia Director/a
Universidad de defensa: Universidad Carlos III de Madrid
Fecha de defensa: 17 de junio de 2003
- José María Miquel González Presidente/a
- Jorge Caffarena Laporta Secretario/a
- Ramón Casas Vallès Vocal
- Antonio Cabanillas Sánchez Vocal
- Nazareth Pérez de Castro Vocal
Tipo: Tesis
Resumen
La figura del derecho de remuneración en la legislación española de propiedad intelectual no ha recibido un tratamiento unitario como categoría. En todo caso, su consideración se reduce a referencias puntuales y dispersas a lo largo de la Ley de Propiedad Intelectual, que describen determinados supuestos de hecho en que la utilización económicamente relevante de una obra, actuación u otra prestación protegida resulta más o menos independiente de la voluntad del titular. En estos casos, la norma liga la realización del supuesto de hecho a la obligación legal de pagar una remuneración al titular correspondiente. En el estudio que se presenta, el análisis de la estructura de esta categoría (el "derecho de remuneración") y su caracterización, ocupan una primera parte del trabajo. A continuación, se aborda, específicamente, el "derecho de remuneración" que la Ley reconoce al autor, por la comunicación pública de sus obras, recogido en los apartados 3 y 4 del artículo 90 de la vigente Ley de Propiedad Intelectual. Se ofrece una visión individualizada del régimen que incumbe a los dos supuestos que la Ley contempla y se propone una revisión de la interpretación de la norma, objeto de múltiples controversias científicas y judiciales en los últimos años.