Público nuevo, viejos problemas: Reflexiones en torno al concepto de comunicación al públicoSentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 20 de junio de 2024, as. C‐135/23: Gesellschaft für musikalische Aufführungs‐und mechanische Vervielfältigungsrechte eV (GEMA)

  1. Julián López Richart 1
  1. 1 Universitat d'Alacant
    info

    Universitat d'Alacant

    Alicante, España

    ROR https://ror.org/05t8bcz72

Revue:
La Ley Unión Europea

ISSN: 2255-551X

Année de publication: 2024

Número: 129

Type: Article

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Résumé

El derecho de comunicación al público ocupa un lugar destacado en la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Buena cuenta de ello son las más de treinta resoluciones dictadas desde la adopción de la Directiva 29/2001/CE, que deberían haber servido para delimitar la noción de comunicación al público. Sin embargo, la necesidad de adaptación del derecho de comunicación al público a las diferentes formas de explotación de la obra, tanto en el entorno en línea como fuera de línea, y el hecho de que el Tribunal de Justicia haya actuado en muchas ocasiones más preocupado por el resultado final de su decisión que por la consistencia de su propia doctrina, ha dado lugar a una jurisprudencia caracterizada por grandes dosis de imprevisibilidad. El último ejemplo lo encontramos en la sentencia de 20 de junio de 2024 en la que el Tribunal se enfrenta a la cuestión de si el arrendador que alquila apartamentos equipados con un aparato de televisión y una antena de interior que permite captar las emisiones radiodifundidas realiza un acto de comunicación al público y requiere, por tanto, de la autorización de los titulares de derechos.