Água potável: conceito jurídico transnacional no paradigma da sustentabilidade
- Happke, André Alexandre
- Joaquín Melgarejo Moreno Director
- Liton Lanes Pilau Sobrinho Director/a
Universidad de defensa: Universitat d'Alacant / Universidad de Alicante
Fecha de defensa: 31 de mayo de 2024
- Liton Lanes Pilau Sobrinho Presidente/a
- Joaquín Melgarejo Moreno Secretario
- Patricia Fernández Aracil Vocal
- Bruno Makowiecky Salles Vocal
- Elizete Lanzoni Alves Vocal
Tipo: Tesis
Resumen
La presente Tesis está incluida en la Línea de Investigación "Estado, Transnacionalidad y Sostenibilidad" y en el Proyecto de Investigación "Derecho Ambiental, Transnacionalidad y Sostenibilidad". La investigación se desarrolló bajo un régimen de doble titulación y tuvo como objetivo institucional obtener el título de Doctor en Ciencia Jurídica de la Universidad del Valle del Itajaí - UNIVALI, y de la Universidad de Alicante - UA/España, Instituto Universitario del Agua y las Ciencias Ambientales - IUACA, a través de la línea de investigación "Derecho Ambiental y Sostenibilidad". Dentro del rico universo temático del agua, el problema delimitado para la investigación consiste en la posibilidad o no de proponer un concepto original satisfactorio de agua potable, dada la existencia de múltiples y desconectados conceptos, arbitrarios y muchas veces incomprensibles. Las dificultades se agravan en un escenario de oscuridad sobre responsabilidades administrativas y privadas, y, por lo tanto, de poca confianza en la seguridad y calidad del agua consumida. Todo esto en paralelo a las crecientes dificultades de cantidad. Los objetivos investigativos son el análisis e identificación de componentes para la configuración y comprensión de la naturaleza del derecho de acceso al agua potable, así como la formulación de un concepto jurídico actualizado, transnacional y sostenible de agua potable. El resultado de la investigación confirma la hipótesis de que la formulación de un concepto adecuado sobre qué es el agua potable requiere enfoques multidisciplinarios, incluyendo una conceptualización jurídica transnacional comprensible para el consumidor de agua, incentivando su participación efectiva en el proceso, en redes de gestión multinivel como espacios de participación democrática que reúnen a todos los tipos de usuarios y también al poder público. En las conclusiones, se destaca la consideración de que el acceso al agua potable se caracteriza como un derecho humano, revestido de una dignidad trascendental aún más allá de la de la persona humana, de carácter colectivo y difuso, aunque pueda ser ejercido desde una perspectiva individual, especialmente para lo que sería el mínimo para una existencia digna y el mantenimiento de una vida saludable. El agua potable es comprendida jurídicamente como un alimento de consumo humano, obtenido de la naturaleza o por reuso, con información clara sobre su origen y proceso de potabilización, así como información sobre aditivos nutricionales o - incluso elementos naturales - que puedan causar efectos secundarios en esa concentración. Se requiere una potabilidad graduada en niveles de salud definidos en estándares y metas aprobadas en las redes de gestión. Limpia y libre de toxinas, segura y también aceptada como palatable y con calidad estética, situándose dentro de metas de aceptabilidad y de evolución de regularización, cuando sea necesario, todo establecido en un ambiente democrático de las redes multinivel mencionadas, en conexión transnacional de funcionamiento, que operen como vectores de progreso para cualidades, cantidades, pero también como elementos de seguridad para el momento actual y futuro, viabilizando así la calidad de sostenibilidad.