La actuación individual de los conyuges en la administración de los bienes gananciales y el problema de la naturaleza de la sociedad de gananciales

  1. Benavente Moreda, Pilar
Dirigida por:
  1. Antonio Manuel Morales Moreno Director/a

Universidad de defensa: Universidad Autónoma de Madrid

Año de defensa: 1990

Tribunal:
  1. Luis Díez-Picazo Presidente/a
  2. Antonio Cabanillas Sánchez Secretario
  3. José María Miquel González Vocal
  4. Juan B. Vallet de Goytisolo Vocal
  5. Francisco de Asís Sancho Rebullida Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 27589 DIALNET

Resumen

El trabajo que presentamos para la obtencion del grado de doctor, tiene como objeto mas directo el estudio de diversos aspectos relacionados con la gestion individual de los bienes y derechos gananciales, centrandonos para ello en el analisis de los arts. 1384 y 1385 del c.C, en relacion directa con el problema de la naturaleza de la sociedad de gananciales. El trabajo se desarrolla en dos partes. La primera, de caracter mas teorico, y constituida por cuatro capitulos, estudia de forma general la evolucion historica del problema de la naturaleza de la sociedad de gananciales, analizando las diversas posiciones a la luz de las adquisiciones individuales, y desde una triple perspectiva, doctrinal, legal y jurisprudencial. La segunda parte (con un caracter mas practico pues se analiza una figura en concreto, relacionada con las cuestiones estudiadas en la primera parte y como ejemplo de gestion individual), analiza en sus cuatro capitulos el derecho de arrendamiento como uno de los posibles supuestos que a los efectos de los arts. 1384 y 1385 citados pueden estimarse como "bienes y derechos que figuran a nombre exclusivo de un conyuge". El derecho arrendaticio es analizado desde una doble perspectiva: la de la legitimacion de un conyuge para dar en arrendamiento un bien de naturaleza ganancial, asi como la del conyuge que, de forma exclusiva adquiere, como arrendatario, un derecho de tal naturaleza. Del analisis realizado se obtienen una serie de conclusiones que vinculan de forma directa la gestion del patrimonio ganancial con el problema de la naturaleza de la sociedad de gananciales. En definitiva, entendemos que tras la reforma de 13 de mayo de 1981, y como consecuencia del giro sufrido en el sistema de gestion del consorcio ganancial hacia un sistema de cogestion, con un amplio margen en cuando a la legitimacion individual, han quebrado los postulados tradicionales sobre la configuracion de la sociedad de gananciales, lo