Acceso a la prestación por desempleo de los trabajadores a tiempo parcial, con «jornada concentrada», durante el periodo de inactividad.
ISSN: 2444-3476
Argitalpen urtea: 2022
Zenbakia: 249
Orrialdeak: 73-102
Mota: Artikulua
Beste argitalpen batzuk: Revista española de derecho del trabajo
Laburpena
La aparición de periodos de inactividad entre las campañas de contratos de trabajo, a tiempo parcial, y de duración indefinida, como resultado de una concentración de la jornada laboral, no permite el acceso a la protección por desempleo, siendo denegada por no existir una causa de extinción o suspensión del contrato o una reducción de jornada. Sin embargo, esa misma circunstancia concurre en los llamados trabajos periódicos, con fecha cierta o previsible de reincorporación e, incluso, en los contratos de fijos-discontinuos y, en estos colectivos de trabajadores, sí se accede, sin margen duda, a la prestación por desempleo durante el mencionado periodo de actividad. Todo esto trae causa de la escasa coherencia que mantiene el marco normativo que conviene actualizar para permitir la sustitución de rentas de trabajo por desempleo durante el periodo en que no existe prestación de servicios. Por todo ello, conviene repensar la regulación de la situación legal de desempleo para este colectivo de trabajadores que quedan desprotegidos, una vez se han atendido las necesidades organizativas de la empresa.
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