El litisconsorcio pasivo necesario en el proceso sobre responsabilidad por daños en la edificación
ISSN: 1697-7068
Año de publicación: 2011
Número: 83
Tipo: Artículo
Otras publicaciones en: Práctica de tribunales: revista de derecho procesal civil y mercantil
Resumen
En los procesos donde se exige responsabilidad por los daños materiales causados en la edificación no puede oponerse por parte de los demandados la excepción de falta de litisconsorcio pasivo necesario pues es criterio jurisprudencial reiterado que la responsabilidad es solidaria. Se hace, pues, necesario entablar un proceso ulterior en el que se ejercite la acción de repetición por parte del condenado contra los demás agentes no llamados al inicial proceso pero también cabe promover la intervención provocada en el primer proceso.