Justicia Restaurativa y mediación penalLa necesidad de eliminar barreras
- 1 Universidad de Alicante, ESPAÑA
ISSN: 2340-9754
Año de publicación: 2020
Volumen: 13
Número: 2
Tipo: Artículo
Otras publicaciones en: Revista de mediación
Resumen
En el presente trabajo pretendemos exponer, brevemente, qué significación tiene la denominada Justicia Restaurativa; diferenciarla de una de sus manifestaciones, la mediación penal (la institución más relevante y de mayor presencia actual y posibilidades de implantación futura en nuestro sistema de justicia penal); así como rebatir algunas de las usuales objeciones que en la doctrina procesalista y penalista se esgrimen frente a la posibilidad de dar entrada en nuestro derecho, de forma significativa, a esta institución. Asumiremos que la tradicional concepción de las ADR (Alternative Dispute Resolutions), debe ser matizada en el propio sistema penal español prefiriendo la expresión Adequate Dispute Resolutions; asumiendo de esta forma la mediación penal como integrada en nuestro proceso penal, y no al margen como sustitutivo o alternativa.