El centro de trabajo como unidad de referencia para el cómputo de los despidos colectivos. Análisis de la situación tras los últimos hitos jurisprudenciales. STS de 17 de octubre de 2016 (RJ 2016, 4654)

  1. Miguel Basterra Hernández 1
  1. 1 Universitat d'Alacant
    info

    Universitat d'Alacant

    Alicante, España

    ROR https://ror.org/05t8bcz72

Aldizkaria:
Revista española de derecho del trabajo

ISSN: 2444-3476

Argitalpen urtea: 2017

Zenbakia: 194

Orrialdeak: 377-388

Mota: Artikulua

Beste argitalpen batzuk: Revista española de derecho del trabajo

Erreferentzia bibliografikoak

  • Blasco Pellicer, A.: «Los expedientes de regulación de empleo», Tirant lo Blanch (Valencia), 2009.
  • Casas Baamonde, M. E.: «Unidades de cálculo de los umbrales numéricos del despido colectivo, el centro de trabajo y la empresa, y extinciones contractuales computables.», en Derecho de las Relaciones Laborales , núm. 4, 2015.
  • Lahera Forteza, J.: «El vaciamiento de los expedientes de regulación de empleo (SSTS 22 de enero de 2008, 14 de mayo de 2008 y 18 de marzo de 2009), Relaciones Laborales , núm. 4, 2010.
  • Navarro Nieto, F.: «Los despidos colectivos: novedades normativas y balance jurisprudencial», en Aranzadi Social , núm. 7, 2013.
  • Ojeda Avilés, A.: «Configuración del despido colectivo», en A.A.V.V. El despido, análisis y aplicación práctica , Coord. Juan Gorelli Hernández, Tecnos (Madrid), 2004.
  • Rodríguez Piñero y Bravo-Ferrer, M.: «El concepto de centro de trabajo, la Directiva 98/59, sobre despidos colectivos y el art. 51.1ET», en Derecho de las Relaciones Laborales , núm. 2, 2015.