Efectos de la comunicación del inicio de negociación previa al concurso en la ejecución hipotecaria
ISSN: 1989-6913
Año de publicación: 2015
Número: 8484
Tipo: Artículo
Otras publicaciones en: Diario La Ley
Resumen
Tras la reforma operada por la Ley 17/2014, de 30 de septiembre, para suspender la ejecución hipotecaria basta que el deudor ponga en conocimiento del juzgado, que ha iniciado negociaciones para alcanzar un acuerdo de refinanciación, obtener adhesiones a una propuesta anticipada de convenio; o un acuerdo extrajudicial de pago. Se cuestiona quién ha de comunicar el inicio de las negociaciones; cuánto tiempo debe estar suspendida la ejecución, o cómo se refleja en el Registro de la Propiedad.