Ahorro empresarial vs discriminación de trabajadoresFogasa y cofinanciación de despidos

  1. Ramón Dangla, Remedios
Revista:
Cuadernos de economía: Spanish Journal of Economics and Finance

ISSN: 2340-6704 0210-0266

Año de publicación: 2013

Título del ejemplar: Costes de despido

Volumen: 36

Número: 102

Páginas: 155-167

Tipo: Artículo

DOI: 10.1016/J.CESJEF.2013.08.004 DIALNET GOOGLE SCHOLAR lock_openBiblos-e Archivo editor

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Resumen

El Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) es un seguro de salarios público que también actúa de forma directa y obligatoria aliviando el coste del despido en empresas de menos de 25 trabajadores. Primero cofinanció el despido improcedente y, desde 1984, el procedente. Pero el ahorro del que se benefician las empresas está soportado tanto por el Fogasa como por sus trabajadores. La limitación del doble del salario mínimo interprofesional (SMI) para calcular las prestaciones del Fondo ha discriminado a trabajadores despedidos, quienes recibían una cuantía indemnizatoria inferior a la de sus homólogos de empresas mayores. La ampliación de los límites de 2006 al triple del SMI eliminó el agravio comparativo pero mantuvo la preferencia por el cierre patronal y cobrar prestaciones por insolvencia frente al despido procedente, y solo será indiferente para altos salarios y elevadas antigüedades. No obstante, la reforma de 2012 recuperó los límites pre-2006 y reapareció la discriminación.

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