Energía más allá del mercadohacia un nuevo modelo energético.

  1. Susana Galera Rodrigo
  2. Mercedes Ortiz García
Revista:
Documentos de trabajo (Laboratorio de alternativas)

Ano de publicación: 2022

Número: 214

Tipo: Documento de traballo

Resumo

La transición energética es una estrategia política europea que acumula razones y autoridad como objetivo político potencialmente transformador del escenario socioeconómico europeo. Grosso modo, el sector energético planteaba a principios del milenio una doble necesidad: en primer lugar, la renovación de sus infraestructuras, casi centenarias, que habían de servir también a las nuevas formas de generación; y, en segundo lugar, su uso como instrumento de las políticas diseñadas al socaire de la actual emergencia climática, reduciendo los impactos antropogénicos en la atmósfera. Esta estrategia política debía discurrir en paralelo a otra anterior, más madura pero no completamente consolidada: la consolidación de un Mercado Único de la Energía en Europa, que se conecta con los procesos de liberalización de los antiguos monopolios públicos en determinados sectores —energía, telecomunicaciones o servicios postales, entre otros— iniciados en los años 90 del pasado siglo. Para afrontar estos retos se concretó, en 2011, una estrategia europea, la Hoja de Ruta de la Energía para 2050, que perfiló dos objetivos de enorme ambición. En primer lugar, se pretendía el abandono progresivo de las energías de origen fósil y su sustitución por fuentes de energía renovable y, en paralelo, la intensificación del ahorro energético —“la energía más limpia es la que no se demanda—. El segundo objetivo (quizás más ambicioso aún) pretendía desarrollar un modelo energético alternativo, descentralizado y limpio, con generación de proximidad y gestión digitalizada, en el que aparecen nuevos actores: el consumidor activo que genera su propia energía, individual y colectivamente; el agregador; el almacenamiento; los propios edificios y manzanas; o los gestores de nuevos servicios de climatización colectiva. De esta forma, los retos enfrentados se convertirían en una gran oportunidad de renovación socioeconómica, al movilizar una importantísima inversión (pública y privada) y actualizar y modernizar las redes energéticas, pero también el perfil de empleos de calidad, de las nuevas profesiones y de las pymes, abundando en la digitalización de estas nuevas actividades y servicios económicos. Esta estrategia se reflejó en las correspondientes reformas normativas y tuvo continuidad en estrategias sucesivas —Paquete de Invierno de 2016, Pacto Verde de 2019, Objetivo 55 de 2021 y RePower de 2022— que confirman en lo esencial la Estrategia de 2011 reforzando sus objetivos y actualizando sus instrumentos. Más de diez años después de su concreción (un cuarto de su progreso en términos cronológicos), la transición es un hecho perceptible en términos generales, aunque se está desarrollando con notable asimetría en relación con los objetivos que persigue: las medidas que apuntan a la descarbonización y el despliegue de renovables se están implantando a muy buen ritmo, lo que contrasta con la lentitud y poca visibilidad de las que persiguen un nuevo modelo energético. A día de hoy, la transición energética está beneficiando al conjunto de la sociedad en términos ambientales y a través de los beneficios que ha generado en términos de renovación, digitalización y nuevas áreas de negocio para las grandes empresas del sector: estos beneficios también revierten en la sociedad en términos ambientales, de empleo y de innovación, pero no hacen avanzar (ni tienen por qué) el cambio de modelo energético que tendría que estar discurriendo en paralelo. Este último proceso es más complejo, pues requiere políticas públicas en varios ámbitos, conformadoras de conciencia y movilización ciudadanas sobre las posibilidades que la tecnología pone a su alcance para la generación y gestión de la energía que consume, proveedoras de un marco jurídico ad hoc, sistemático y suficiente. En nuestro país esto se plantea como un reto enorme, pues las intervenciones necesarias involucran no pocas políticas públicas y normativa —energética, territorial, industrial, local, civil, educativa, etc.—, lo que requiere de una coordinación política y administrativa sin fisuras previa a la toma de decisiones, un aspecto no bien resuelto ni gestionado en nuestra cultura de lo público. Otra cuestión pendiente, que viene esperando soluciones desde hace ya demasiado tiempo, es la necesaria compensación, quizás bajo el amparo de la transición justa, a quienes, en los primeros momentos de este proceso —cuando las políticas de apoyo no estaban aún bien definidas—, apostaron por él, siendo perjudicados por los vaivenes regulatorios. En este documento les denominamos los “pioneros”: aquellos pequeños inversores que no han podido acceder a compensaciones establecidas por tribunales arbitrales o por la diversificación de los riesgos asociada a voluminosas carteras de negocio. Este documento de trabajo se centra en el camino recorrido, político y normativo, en los años que han discurrido desde la formulación de la Estrategia de 2011, atendiendo a los aspectos que consideramos más determinantes. Dado que se trata de un proceso con objetivos a 2050, es sin duda esperable que las acciones y normativas establecidas a día de hoy se revisen, bien de forma programada, según lo previsto, bien a tenor de acontecimientos externos no previstos. Entre estos últimos, resulta obligada la referencia al terrible conflicto derivado de la invasión de Ucrania, cuyo alcance y consecuencias son imprevisibles. Sin embargo, a pocos meses desde su inicio —y al margen de su triste dimensión humanitaria—, ya se percibe su influencia en la cuestión que aquí se trata, intensificando la fragilidad del sistema de suministro energético en Europa y revitalizando los objetivos de seguridad energética en los que la Unión Europea viene insistiendo desde los años 70 del pasado siglo. El avance hacia un modelo energético con el ciudadano en el centro, limpio y de proximidad, cobra en este contexto la máxima significación y urgencia; un modelo central que se complementa con plantas renovables medianas y grandes, cuyo despliegue en el territorio ha de ser planificado y consensuado. El conflicto también manifiesta que no caben “atajos” que incidan en los mismos problemas que nos han traído hasta aquí: resulta tan aterrador observar cómo la gestión de grande centrales nucleares en Europa queda al socaire de los vaivenes imprevisibles de un conflicto armado, como incomprensible que se considere seriamente una vuelta sistemática a la generación de carbón, ignorando las alarmas contundentes de la comunidad científica, en particular las últimas contribuciones del IPCC (Pörtner et al., 2022). El futuro es renovable y no tiene vuelta atrás.

Referencias bibliográficas

  • ACER (2019). Regulatory Aspects of Self-Consumption and Energy Communities, de junio de 2019 –C18-CRM9_DS7-05-03-.
  • Alenza García, J. F. (2014). La Regulación de las Energías Renovables ante el Cambio climático. Navarra: Thomson Reuters Aranzadi.
  • Alonso Mas, M.J. (2017). “El régimen de apoyo a las energías renovables tras la Ley 24/2013, del Sector Eléctrico”. En La regulación de las energías renovables a la luz del Derecho de la Unión Europea, Revuelta Pérez, I. (dir.). Navarra: ThomsonAranzadi, pp. 279-359.
  • Ariño, G. y Equipo de Transición (2020). La transición energética en el sector eléctrico. Líneas de evolución del sistema, de las empresas, de la regulación y de los mercados. Orkestra - Instituto Vasco de Competitividad - Fundación Deusto.
  • Batalla-Bejerano, J., Costa-Campí, M.T., Jové-Lllopis, E. (2019). “La transformación digital del sector eléctrico”. En Transformación digital del sector energético, García Delgado, J.L., Jiménez, J.C., Batalla-Bejerano, J., (eds.). Aranzadi.
  • Baño León, J. M. (2016). “«Cave Legislatorem» Confianza en el legislador e interés general”. Riesgo Regulatorio en las energías renovables (II), Thomson Reuters Aranzadi- Anpier, pp. 91-101.
  • Comité Económico y Social Europeo (CESE) (2017). Dictamen de 31 de mayo de 2017, 2017/C 288/13, sobre las propuestas de modificación del mercado interior de la electricidad, de la preparación frente a los riesgos en el sector de la electricidad, de la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación de los Reguladores de la Energía. D.O.C. 288 de 31 de agosto de 2017.
  • Del Guayo Castiella, I. (2021). “Redes de distribución cerradas, consumidores electrointensivos y almacenamiento de electricidad como componentes del nuevo Derecho eléctrico”. En Regulación del sector eléctrico y transición energética, M.J Alonso Mas, I. Revuelta Pérez (dirs.). Cizur Menor: Thomson Reuters
  • Del Guayo Castiella, I. (2020). “Concepto, contenidos y principios del derecho de la energía”. Revista de Administración Pública, 212, doi: https://doi.org/10.18042/cepc/rap.212.12
  • Fundación Renovables (2020). Lecciones aprendidas para salir de la crisis. ¿Quién pagó la crisis de 2008 en el sector energético? Iniciativas y propuestas para la reactivación y la recuperación económica post Covid-19. Madrid
  • Galera Rodrigo, S. (2016). “Changing the Energy Model: Step Back on the Europe 2050 Strategy?”, European Energy and Environmental Law Review, Volume 25, Issue 2 pp. 65 – 72
  • Galera Rodrigo, S. (2018). “Las Entidades Locales y su función en las Políticas Europas de Energía y Clima. Una revolución silenciosa”, Retos del Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado, M.R. Alonso (dir.). Tirant lo Blanc.
  • González Ríos, I. (2020). “Las “Comunidades energéticas locales”: un nuevo desafío para las entidades locales”. Revista Vasca de Administración Pública. , nº 117 (mayoagosto 2020), pp. 147-193.
  • Hall., S., Roelich K.E., Davis M.E., Holstenkamp, L., (2018). “Finance and justice in lowcarbon energy transitions”, Applied Energy 222, pp. 772-780.
  • Pörtner, H. O., Roberts, D. C., Adams, H., Adler, C., Aldunce, P., Ali, E., Ara Begum, R., Betts, R., Bezner Kerr, R., Biesbroek, R., Birkmann, J., Bowen, K., Castellanos, E., Cissé, G., Constable, A., Cramer, W., Dodman, D., Eriksen, S. H., Fischlin, A., ... Zaiton Ibrahim, Z. (2022). “Climate change 2022: impacts, adaptation and vulnerability”. IPCC. Disponible en: https://edepot.wur.nl/565644
  • Leal-Arcas, R. (2020). “Smart Grids as a Way to Democratize Energy”, Yale Journal of International Affairs. Dispnible en: http://yalejournal.org/op-ed_post/smartgrids-as-a-way-to-democratize-energy/
  • Leiva López, A. (2018). “La regulación de la actividad de distribución de energía eléctrica”. Revista Aragonesa de Administración Pública, núm. 51, pp. 175-211.
  • Leiva López, A. (2019). “El papel central del prosumidor en el sector eléctrico”. Revista española de derecho administrativo, nº 200, pp. 291-334.
  • Leiva López, A. (2020). La regulación jurídica de las redes de electricidad, Thomson.
  • Leiva López, A. (2021). El régimen económico del Sector Eléctrico en un nuevo Escenario Regulatorio y Tecnológico en particular: la retribución de la actividad de generación renovable y de las actividades de red. Navarra: Thomson Reuters Aranzadi.
  • López Ramón, F. (2021). “Notas a la Ley de Cambio Climático”, Actualidad Jurídica Ambiental, n. 114. Disponible en: https://www.actualidadjuridicaambiental.com/wpcontent/uploads/2021/07/2021-07-19-Lopez-Ley-cambio-climatico.pdf
  • Ortiz García, M. (2017). “El autoconsumo de electricidad en España y su (primera) ordenación jurídica: un avance (lento) hacia el imparable cambio de modelo energético”. La regulación de las energías renovables a la luz del Derecho de la Unión Europea (Dir. I. Revuelta Pérez). Navarra: Thomson-Aranzadi
  • Ortiz García, M. (2013). “El marco jurídico de la generación distribuida de energía eléctrica: autoconsumo, redes inteligentes y el “derecho al sol”, en García Rubio, F. y Mellado Ruiz, L. (dirs.) Eficiencia energética y Derecho, Madrid: Dykinson.
  • Ostrom, E. (2009). El gobierno de los bienes comunes. La evolución de las instituciones de acción colectiva, Ciudad de México: CRIM-UNAM, IIS-UNAM, Fondo de Cultura Económica.
  • Palm, J. (2021). Energy Communities in different national settings –barriers, enablers and best practices, D3.3 developed as part of the NEWCOMERS project funded under EU H2020.
  • Reina Muñoz, F. (2020). “El Régimen jurídico del almacenamiento de energía eléctrica en España y las barreras regulatorias existentes para su desarrollo”. Revista Iustel, nº 6.
  • RESCoop (2021). Renewable energy communities: why they deserve support & how the CEEAG can help. Disponible en: https://www.rescoop.eu/toolbox/renewableenergy-communities-why-they-deserve-support-how-the-guidelines-on-stateaid-for-climate-environmental-protection-and-energy-can-help
  • Revuelta Pérez, I. (2017). “¿Riesgo o fallo regulatorio?” Los “recortes” a las renovables a la luz del Derecho de la Unión Europea”. En La regulación de las energías renovables a la luz del Derecho de la Unión Europea, Revuelta Pérez, I. (dir.). Navarra: Thomson-Aranzadi, pp. 405-451.
  • Red Eléctrica de España (2020). El sistema eléctrico español 2019, Madrid. Disponible en: https://www.ree.es/sites/default/files/11_PUBLICACIONES/Documentos/Inform esSistemaElectrico/2019/inf_sis_elec_ree_2019_v2.pdf
  • Rifkin, J. (2010). En La civilización empática, Barcelona: Paidós.
  • Rifkin, J. (2011). La Tercera Revolución Industrial: Cómo el poder lateral está transformando la energía, la economía y el mundo (Estado y Sociedad). Barcelona: Paidós.
  • Sanz Herrero, I (2021), Aproximación iuspublicista al binomio transición energéticaprivacidad en las smart cities. análisis específico de las redes y contadores inteligentes. Faber&Sapiens.
  • Torres, E. y Eguía, P. (2020), “El valor de la digitalización en las redes eléctricas”, Proyecto Digitalización, Departamento de Ingeniería Eléctrica, Universidad País Vasco. Disponible en: https://www.ehu.eus/documents/6621474/8854442/El+valor+de+la+digitalizaci %C3%B3n.pdf/8817be0a-1a70-ab69-c613-5ad824687c05?t=1608049780286