Água, economia circular e sustentabilidadeelementos teóricos para um ordenamento jurídico transnacional

  1. FRANCINE, CANSI
Dirigée par:
  1. Paulo Marcio Cruz Directeur/trice
  2. Joaquín Melgarejo Moreno Directeur

Université de défendre: Universitat d'Alacant / Universidad de Alicante

Fecha de defensa: 02 septembre 2021

Jury:
  1. Paulo Marcio Cruz President
  2. Joaquín Melgarejo Moreno Secrétaire
  3. Liton Lanes Pilau Sobrinho Rapporteur
  4. Roberto Viciano Pastor Rapporteur
  5. Gianpaolo Poggio Smanio Rapporteur
Département:
  1. ANÁLISIS ECONÓMICO APLICADO

Type: Thèses

Teseo: 678434 DIALNET lock_openRUA editor

Résumé

En términos introductorios, esta Tesis Doctoral en Ciencias Jurídicas es una investigación desarrollada en el Área de Concentración en “Constitucionalismo, Transnacionalidad y Producción de Derecho”, insertada en la Línea de Investigación “Estado, Transnacionalidad y Sostenibilidad”, por lo que las reflexiones realizadas tienen un vínculo estrecho con las pautas a las que pertenece la investigación. Así, el tema de esta Tesis es Derecho Transnacional, Sostenibilidad, Derecho al agua (como derecho humano) y Economía Circular. A su vez, la delimitación de la temática y el objetivo general son similares, ya que esta Tesis fue escrita para investigar la posibilidad de que la transnacionalización del derecho y la economía circular sean elementos para la consolidación de la sostenibilidad (como nuevo paradigma posmoderno), a partir de los desafíos de la gobernanza de los recursos hídricos en Brasil y España, llevando la gestión de las aguas subterráneas como un elemento esencial, así como la comprensión de los cambios profundos que se producen en el medio ambiente y que están relacionados con los factores de disponibilidad, producción y consumo de agua, en el ámbito económico, social y ambiental. Por lo tanto, esta investigación tiene como directriz tres preguntas, la primera cuestionando cuáles son las estrategias que pueden determinar la posibilidad de la transnacionalización del derecho como elemento de consolidación del nuevo paradigma posmoderno en relación a las aguas subterráneas en Brasil y España, buscando garantizar los estándares de sostenibilidad económico, social y ambiental que permitirán en la práctica el consumo y producción responsable del uso de las aguas subterráneas; la segunda pregunta se refiere a cómo realizar el levantamiento y medición de aguas subterráneas, su demanda, consumo y cantidad, así como la necesidad de reducir los conflictos por el uso del agua y cuáles son las estrategias adoptadas por Brasil y España para el mantenimiento, monitoreo y manejo de acuíferos, ya que ambos Estados tienen regiones con abundancia y escasez de agua; finalmente, la tercera y última pregunta quiere saber si mediante el uso del ciclo del agua por parte de la economía circular será posible lograr la sostenibilidad tripartita con vistas al desarrollo económico sostenible. Las hipótesis de investigación se conciben en el sentido de que se puede decir como garantía, que es deber del Estado proteger los recursos hídricos, lo que trasciende los modelos tradicionales de gobernanza, exigiendo la adopción de una solidaridad transnacional que posibilite la efectiva implementación del derecho al uso del agua como un bien común. En este sentido, el principio de desarrollo sostenible tiene como objetivo asegurar la compatibilidad del desarrollo económico, social y ambiental en el que se encuentra el derecho a un suministro equitativo, con calidad y potabilidad, cuyo mantenimiento de la Tierra depende de la abundancia y manejo efectivo de este recurso. A medida que el tema ambiental comienza a ser incorporado por los órganos del gobierno, se adquiere una nueva forma de desarrollo y organicidad. Ante la creciente demanda de agua, basada en el crecimiento de la población, la producción y el consumo, el desafío brasileño y español, en cuanto a encontrar soluciones adecuadas a los problemas existentes en sus recursos hídricos, es un deber de toda la sociedad, imponiendo no solo mayores conciencias de la necesidad de conservar estos recursos, sino también de una gestión eficiente de las fuentes de agua. A partir de los diseños trazados por la estrategia de economía circular del agua, se hace posible lograr un desarrollo sostenible, que respetará la sostenibilidad en su condición tripartita, contribuyendo a evitar el agotamiento de las aguas subterráneas. Además, aún en un contexto introductorio, es necesario dejar claro que la Tesis tiene ocho objetivos específicos y, a su vez, ocho capítulos, cada uno de los cuales representa uno de los objetivos específicos. Así, el capítulo inicial retrata el agua como un elemento de tratamiento transnacional. Para ello, este fragmento se ha subdividido en cuatro partes con el fin de aportar cohesión y emplear niveles que faciliten la comprensión. La primera parte del capítulo inaugural trata el agua como un bien común, muestra la importancia del agua, presentando un panorama de la gestión y su respectiva crisis. La siguiente sección, abarca el derecho humano al agua como un bien social, económico y sostenible, exponiendo el reconocimiento de ese derecho a nivel internacional, así como las cuestiones relacionadas con los derechos sociales, la globalización y la globalidad. El punto secuencial (o tercer punto) es el que retrata las políticas de gestión y la responsabilidad del Estado de proteger los recursos hídricos, informando que la transnacionalidad expande los derechos humanos y, en consecuencia, el derecho humano al agua, de tal manera que el enfoque de esta tercera fracción es exponer las implicaciones de reconocer el agua como un derecho humano universal. Finalmente, el agua se aborda como un elemento fundamental de la Agenda 2030 y, dentro de ella, los Objetivos de Desarrollo Sostenible, reconociendo que el agua está relacionado con los ODS, en especial el ODS 6 y 12. El caso es que estamos ante una gobernanza democrática global, ya que el cuidado con el agua es central para el mantenimiento de la vida y es bastante legítimo que la preocupación sea de todos los actores sociales, superando las barreras estatales para que el derecho al uso del agua sea, de hecho, un bien común. Esto expuesto en el primer capítulo, lo siguiente se presenta de forma panorámica. Así, el segundo capítulo describe el Derecho Transnacional de Aguas. Comienza exponiendo lo que se entiende por derecho transnacional, sobre la interacción entre el derecho nacional e internacional, así como exponiendo la existencia de varios Tratados sobre el agua. Secuencialmente, se enumeran las Convenciones más relevantes sobre el tema del agua, que ya rescatan algunos temas que involucran la gestión del agua. La tercera parte del segundo capítulo trata de la cooperación, ya que es deber de todos velar por la calidad del agua. Finalmente, teniendo en cuenta que la crisis de los recursos hídricos (consecuencia de acciones antrópicas) ha estimulado cambios, se asegura el derecho transnacional como salida potencial para afectar los estándares ambientales sobre el derecho al agua tanto interna como externamente. El tercer capítulo, trata sobre la gestión y el carácter transnacional del derecho a los recursos hídricos. Está fragmentado en tres partes, la primera trata las políticas de recursos hídricos, exaltando la relevancia de las acciones compartidas y la responsabilidad compartida. Además, este tema retrata las perspectivas de la gestión nacional y regional, de manera que el contexto global se verifica como el más amplio. La segunda parte de este tercer capítulo aborda temas de gestión compartidos y cooperación internacional, por lo que se advierte la necesidad de cambiar las formas de producción y consumo para obtener una política ambiental que minimice los riesgos y atienda las desventajas de la conservación de los recursos hídricos a partir políticas de gestión eficaces. Finalmente, la última parte trata sobre la gestión ambiental transnacional en relación con la gobernanza del agua. Este fragmento apunta a los desafíos de la comunidad internacional al respecto y demuestra que los temas ambientales han puesto la libertad en perspectiva, por lo que la sostenibilidad aparece como una nueva posibilidad a favor de la inducción del derecho. El cuarto capítulo destaca la gestión de las aguas subterráneas. Para eso, se dividió en cinco partes. El primero explica qué se entiende por agua subterránea, así como aspectos de gobernanza. Luego, también se estudian los Tratados que fueron elaborados para la protección de dichos recursos hídricos en el ámbito del derecho internacional, aunque conciernen el derecho transnacional también. Además, la gobernanza transnacional se considera indispensable para el desarrollo sostenible, destacando que las acciones locales tienen consecuencias en el ámbito mundial. En la cuarta parte de este capítulo intermedio se explica qué se entiende por gobernanza, gestión, territorio y soberanía, elementos básicos de toda la Tesis. Aún en este punto, se expone que la gestión local de las aguas subterráneas tiende a ser más eficaz. Finalmente, el quinto momento retrata la necesidad de una buena gobernanza y la gestión de las aguas subterráneas, ya que los problemas de escasez tienden a incrementar el uso del agua en estas condiciones. El quinto capítulo se dividió en tres partes, todas las cuales se refieren a Brasil en lo que respecta a la gestión de los recursos hídricos. Es un capítulo interesante porque acerca el tema a una realidad palpable, que es central para una investigación que tiene como objetivo la contribución social de hecho. Así, la primera parte describe la evolución de las políticas de gestión de los recursos hídricos en el país analizado. La trayectoria se expone en términos legales, incluida la visión que negaba los problemas ambientales (en la década de 1970). Este momento del capítulo número cinco inserta las etapas de la evolución: la fase de exploración, la fase fragmentaria y la fase holística. Además, desencadena muchas reflexiones, por ejemplo, el hecho de que la persistencia de problemas sociales en materia de salud, educación y alimentación obstaculiza el aumento de la protección ambiental al nivel requerido en Brasil. Posteriormente, el siguiente ítem retrata la gobernanza de los recursos hídricos en Brasil, informando, como ejemplo, que Brasil tiene el 15% del volumen de agua dulce del planeta, lo que es demasiado significativo. Además, existen varias leyes, regulaciones y políticas implementadas por Brasil con respecto al agua y su respectiva gestión. Finalmente, se muestran gráficos del mapeo de las aguas del país, de manera que se extrae mucha información importante del análisis de las referidas imágenes. El sexto capítulo, al igual que el anterior, trata de una panorámica de los recursos hídricos, sin embargo, en lugar de destacar a Brasil, tiene su énfasis en España. De esta forma, se retrata la evolución de la gestión de los recursos hídricos en España, se hace un referente histórico, destacando, por ejemplo, la influencia árabe, así como la Constitución de Cádiz, de la que se despertaba a un mayor cuidado por el agua. También se realiza en la parte inicial un estudio sobre el itinerario de las distintas Leyes del Agua en España, así como el fomento de una gestión integrada de los recursos hídricos. En la parte siguiente se muestran los aspectos geográficos e históricos del país, que explican su forma de gestionar el agua. Destacase la vanguardia española en la gestión desde cuencas hidrográficas. Al final, como en Brasil, se realiza un mapeo de las aguas en España, destacando, a título de ejemplo, las aguas subterráneas y el impacto ambiental del bombeo. El penúltimo capítulo es el más extenso, ya que cuenta con numerosos gráficos y tablas para ilustrar la exposición y permitir una mejor comprensión de la información disponible. El capítulo siete tiene cinco fragmentos. Por lo tanto, conscientes de que son necesarios arreglos legales coherentes para asegurar que la gestión del agua se lleve a cabo de manera sostenible, la primera parte explica el significado de sostenibilidad adoptado por la investigación, así como conceptualiza los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), engendrados por la Agenda 2030. El siguiente ítem pasa a abordar los ODS, los nuevos ODS (post-2015), las dimensiones del desarrollo sostenible (es decir, social, económica, ambiental e institucional), así como un análisis de datos relacionados con el consumo de agua en Brasil y España, como también la pérdida de agua en los países antes mencionados, haciendo una verdadera comparación entre dichos Estados en relación al tema del agua. La tercera parte del séptimo capítulo es la que describe la disponibilidad de agua, con énfasis en la escasez. En este momento se reporta la cantidad de agua dulce que existe en el planeta Tierra (congelada, subterránea y superficial). Además, se explica que el aumento de la población mundial tiende a perjudicar la disponibilidad de agua y que es necesario tomar actitudes con respecto a la gestión de los recursos. El estrés hídrico también se discute, entre otros temas. La cuarta parte trata sobre el aprendizaje y las prácticas colaborativas sostenibles para la producción y el consumo de agua, de acuerdo con los ODS. Aquí se presentan los programas de gestión de los recursos hídricos, además de debatir sobre la interacción transfronteriza de las cuencas hidrográficas con respecto a la gestión y la cooperación. Finalmente, estudiamos la economía circular en términos de agua como una solución emergente. Se explica qué se entiende por economía circular, sobre la circulabilidad y su relación con la sostenibilidad, los ciclos (técnicos y biológicos), de manera que se observe la fundamentalidad del agua para que suceda la economía circular y cómo el agua puede integrar dicha economía. El último capítulo esboza una conclusión final en la red de ideas estructurada a lo largo de la Tesis, ya que reúne el derecho transnacional, la sostenibilidad, el derecho al agua como derecho fundamental y una economía circular. El primer punto sugiere que el derecho transnacional ofrece una estructura cohesionada sobre el derecho al agua, además de abordar temas sobre la integración de las bases de la sostenibilidad y los aspectos que conforman una comunidad transnacional. La segunda parte del octavo capítulo se refiere a la gestión del agua compartida y el riesgo de escasez de agua a través de las fronteras. En esta parte, se habla de las dolencias de la ausencia de plataformas globales y la falta de coordinación entre los Estados con respecto a las aguas, especialmente subterráneas, que son compartidas por más de un país. El siguiente fragmento trata de la soberanía, la soberanía cooperativa, así como la seguridad hídrica, entre otros temas relevantes. El punto número cuatro habla sobre la protección transnacional para una mayor sostenibilidad de los recursos hídricos, especialmente, en relación a los ODS de la Agenda 2030. En este momento, se refuerza la existencia de una crisis del agua y los desafíos que el aumento de la población, del uso de la energía y el cambio climático provocan a la gestión del agua. Finalmente, el último punto es crucial, ya que es el que retrata la economía circular para la sostenibilidad del agua. Este momento estudia la importancia de esta economía para la industria y la agricultura acerca del agua, pero también destaca cómo puede ser útil para la regeneración ambiental. Explica qué es la economía circular, la reutilización del agua, además de trazar un paralelo entre Brasil y España en cuanto al consumo y pérdida del “oro azul” y demostrar la necesidad de implementar el ODS 12. Dicho esto, en cuanto a metodología, el tipo de investigación al que se vincula la Tesis, con respecto a la naturaleza, predomina el abordaje cualitativo porque la interpretación del investigador es fundamental. Además, en cuanto a los objetivos, hay una investigación exploratoria, ya que tiene como objetivo aclarar ideas, ofreciendo una percepción panorámica. Esto significa que esta Tesis ayuda a la comprensión y también a la mejora de un tema dado, ya que cuenta con una amplia base bibliográfica nacional e internacional. Además, estamos ante una búsqueda bibliográfica, ya que se utilizaron libros, capítulos de libros, artículos publicados en periódicos, etcétera. El enfoque teórico, que representa la base que sostiene los argumentos de la investigación, pasa por la lectura de varias obras, entre ellas los escritos de Bauman, Barlow, Clarke, Ulrich Beck, Paulo de Bessa Antunes, Norberto, Fritjof Capra, Zenildo Bodnar, Paulo Marcio Cruz, Luigi Ferrajoli, Gabriel Real Ferrer, Juarez Freitas, Anthony Giddens, Jürgen Habermas, Enrique Leff, Ugo Mattei, Edgar Morin, Boaventura de Sousa Santos, entre muchos otros. De tal forma, en cuanto a los procedimientos, fueron leídos varios trabajos, artículos y similares para estructurar el proyecto de Tesis de manera coherente y, una vez ajustado adecuadamente el proyecto, se inició el proceso de redacción de la propia Tesis, recogiendo las ideas ya apuntadas y, posteriormente, se realizó su revisión y adecuación a las directrices del Programa de Postgrado en Derecho de la Univali y la Universidad de Alicante. También, en cuanto a la metodología, primero hay que decir que este Informe de Investigación se estructura de la siguiente manera: lista de categorías, lista de figuras, lista de cuadros, lista de gráficos, lista de tablas, lista de acrónimos, resumen en portugués, inglés y español (el presente resumen más extensivo), introducción, desarrollo (los ocho capítulos mencionados anteriormente) y, finalmente, conclusiones y referencias de las fuentes mencionadas. En el transcurso del trabajo se percibe originalidad y aportes sociales, que se enfatizan en la fase conclusiva. Así, específicamente, el método investigativo (que es la forma lógico-conductual en la que el investigador se apoya para investigar, tratar datos y escribir los resultados) utilizado en esta investigación es el método inductivo, ya que se investigaron e identificaron las partes de un fenómeno, que se recopilaron con el fin de permitir una visión amplia de la conclusión. Además, todas las técnicas de investigación (del referente, categorías, conceptos operativos, investigación bibliográfica, registros, etcétera.) son las mismas elegidas para su uso por el Programa de Posgrado en Ciencias Jurídicas de UNIVALI, de acuerdo con el trabajo de la “Metodología de la Investigación Jurídica”, elaborado por Cesar Luiz Pasold. En cuanto a los resultados y sus respectivas discusiones, es fundamental señalar que el agua se entiende como un bien común con valor económico, y esto la convierte en un recurso natural, es decir, un recurso hídrico. Sin embargo, debido a los problemas de escasez y falta de calidad, que genera una crisis, la humanidad se está dando cuenta paulatinamente de que es necesario potenciar el agua como bien social y cultural, ya que es fundamental para la vida. Esta percepción surge en un momento en el que los derechos humanos están siendo observados desde una perspectiva de interconexión, por lo que el agua potable tiene un vínculo estrecho con la dignidad de la persona humana, especialmente porque en el ámbito internacional el derecho al agua está, desde la década de 1970, reclinado en pactos, más allá de los límites nacionales, que tienen como objetivo proteger a las mujeres, los niños, etcétera., no solo el agua en sí. Es en este enfoque del agua como derecho humano donde se fundamenta la Tesis en cuestión, si bien, inicialmente, el agua se asoció con el derecho humano a la salud, antes de obtener un apoyo individualizado. Por lo tanto, al darse cuenta de su importancia para la humanidad, el agua ha llegado a ser considerada un derecho humano por derecho propio. Resulta que el agua, en las condiciones actuales, necesita relacionarse con el término sostenible para garantizar su continuidad en este planeta, ya que la Tierra es un lugar de dependencia mutua, donde un desequilibrio local no es solo local, ya que afecta todo el mundo. Los datos mostraron que muy poca agua disponible en el planeta es apta para el consumo, por lo que 1,7 millones de personas padecen su escasez, lo cual es sumamente doloroso, ya que la falta de este derecho humano afecta inmediatamente a otros derechos humanos. Además, es fundamental tener claro que el cuidado por el agua no es responsabilidad única y exclusiva del Estado, especialmente en el contexto de globalización que se vive desde hace tiempo. La globalización, como se ha visto, ha reducido las fronteras y tiende a incrementar la transnacionalidad, ya que el derecho transnacional amplía los derechos humanos. Por tanto, el cuidado del agua es un deber de todos, en el sentido más amplio del término “todos”. Lo cierto es que la universalidad de los derechos humanos conduce a una gobernanza democrática global, a pesar de la atención a la soberanía, que sigue siendo motivo de vacilación en este proceso, ya que el Estado legitima la gobernanza, pero limita la fuerza interna del derecho internacional. De tal forma, hoy es más creíble hablar de cooperación internacional en materia de agua. Por lo tanto, se puede decir que la comunidad internacional necesita superar las limitaciones del derecho internacional en la comprensión del concepto de soberanía estatal. En este sentido, es innegable que el derecho internacional interactúa cada vez más con el derecho nacional y viceversa, por lo que cuando el Estado actúa en conformidad con el derecho internacional, también está ejerciendo su soberanía, no se rinde a preocupaciones externas. Este entendimiento es importante, es decir, cuando un país se adhiere a un Tratado, no pone en riesgo su soberanía. Es así como el derecho transnacional traduce su relevancia también, incluso en relación al agua, ya que existen numerosos documentos transfronterizos sobre mencionado bien. El agua es vulnerable y, por ello, existen muchos Tratados que discuten este tema, como la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Agua, celebrada en Mar del Plata, en 1977, las Conferencias de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente y el Desarrollo, celebrada en Río de Janeiro, en 1992, como la propia Agenda 2030 (especialmente los ODS 6 y 12), entre otros. Ocurre que, a pesar de la existencia de Tratados, Pactos, Convenciones, etcétera sobre el agua, aunque no siempre de forma específica, la gestión del agua no es universal, es decir, todavía está demasiado fragmentada. Esta situación perjudica su permanencia, accesibilidad y propagación a todas las personas. En términos concluyentes, parece que la cooperación entre los Estados y entre todos los actores sociales es de suma importancia para mejorar la calidad y el alcance del agua. Todo lo que se ha presentado demuestra la gran contaminación de los recursos hídricos, por lo que las proyecciones del futuro son aterradoras y alarmantes, ya que el número de personas sin acceso al agua tiende a aumentar, aumentando aún más los males socioambientales. La cooperación, por tanto, es un principio que hay que practicar porque es deber de todos cuidar el agua, sobre todo para no dañar el futuro de la humanidad y, por supuesto, para mejorar las condiciones del presente. Por lo tanto, el agua es entendida en esta investigación como la esencia de la sostenibilidad, por lo que es fundamental que se creen y optimicen políticas con el fin de instrumentalizar la gestión del agua. La crisis del agua, como sabemos, ha estimulado cambios en el derecho internacional. De esta manera, el derecho transnacional llega como una solución a las relaciones transnacionales. Además, también se percibe que el desarrollo ejerce presión sobre el medio ambiente, lo que urge la búsqueda de nuevas formas de superar problemas, pues lo que tenemos hoy no es capaz de disolver. Así, en materia de agua, la gestión ha tenido avances y retrocesos, pero es fundamental ampliar la política de recursos hídricos para el escenario transnacional, dado que una acción compartida contribuye para el logro de la sostenibilidad, con el apoyo de ampliar la conciencia ciudadana del surgimiento de la crisis del agua. Esto significa que la citada conciencia ciudadana es colosal, ya que se entiende que la participación social no puede limitarse a la legitimación de decisiones que ya se han tomado. Es necesario que cada ser humano, como ser social, sea más consciente de sus acciones, evitando contaminar, desperdiciar y posicionarse ante las actitudes institucionales en torno al tema del agua. Además, parece que la accesibilidad al agua tiene una relación amplia con un sistema de gobernanza sostenible, que debe desarrollarse en el ámbito nacional, regional e internacional. Por tanto, es una combinación de capacidad institucional y compromiso de todos. En este sesgo, si bien cada Estado tiene sus estrategias individuales, integrando economía, medio ambiente y sociedad, es importante que existan acciones complementarias y coordinadas para que sea posible lograr el desarrollo sostenible, porque el contexto global es más amplio y, hoy, el agua ya está en el centro del debate en todo el mundo. Así, es fundamental que evolucione más allá de la legislación, es decir, que se practiquen modelos de gestión del agua que discutan, como resultado, todas las bases de la sostenibilidad. Si bien es un camino arduo y lleno de obstáculos, es fundamental definir prioridades por parte de la sociedad basándose en una verdadera ética del comportamiento humano, cambiando la producción y el consumo en relación al agua. El caso es que las políticas ambientales deben minimizar los riesgos, ya que es un gran desafío conservar los recursos hídricos, principalmente por la precariedad de la fiscalización. En este sentido, la humanidad necesita entender que los problemas del agua no son solo problemas comunes, sino también son problemas globales. En esta Tesis no se propone un modelo de gestión, pero se quiere despertar una mirada centrada en el derecho transnacional, en cómo puede ser útil para lograr la sostenibilidad y para un mayor equilibrio entre los aspectos ambientales, económicos y sociales. El hecho es que el derecho transnacional ofrece una estructura mucho más coherente y no fragmentada. La gestión inadecuada e insostenible tiende a aumentar la contaminación, lo que es muy indeseable. Así, la cooperación internacional vuelve a ser una alternativa, a pesar de los numerosos desafíos, ya que involucra normas globales, redes transgubernamentales y aplicación extraterritorial, ya que es consciente de que no siempre es fácil adaptar tales leyes a la realidad de los países, a causa de las amplias disparidades en cada Estado. No existe un modelo de gobernanza ideal, pero se sabe que es indispensable para el desarrollo sostenible y existe una necesidad urgente de coordinación de esfuerzos. Además, debe quedar claro que, en la mayoría de las relaciones, ni el Estado ni la sociedad son protagonistas, sino el mercado que lo es. Esta reflexión es importante para entender por qué el agua es un recurso hídrico, por qué la gestión sostenible es urgente (incluyendo los aspectos culturales del agua), sobre todo las aguas subterráneas, porque son elementales para abastecer toda la demanda y evitar un colapso cercano, como observado en el curso de la investigación. En este sentido, cuando se habla de aguas subterráneas, hay que tener en cuenta que se pasa por alto su regulación en relación a la de aguas superficiales. Incluso hay lugares donde las aguas subterráneas se explotan ampliamente, por lo que es urgente una gestión eficaz, en gran parte por su importancia cuando hay escasez y para la agricultura. El cambio climático está aumentando la estima por las aguas subterráneas, de manera que urge regular la extracción, conscientes de que su gestión, en este caso, es más eficaz en nivel local, con más recarga. En el aspecto relacionado con Brasil, se puede inferir, sobre la evolución de las políticas de gestión, que el agua no siempre estuvo protegida por su importancia, sino como resultado de otros temas, por ejemplo, por la electricidad. A pesar de un período oscuro a causas ambientales, desde la década de 1990, especialmente debido a Río-92, la protección de la naturaleza ha sido aceptada en la agenda brasileña. Se entiende que hay muchos problemas elementales en el país, pero también se debe aceptar la degradación ambiental, mucho porque ella implica en otros problemas. Por lo tanto, en Brasil se promulgaron muchas leyes de protección ambiental, además de la creación de SISNAMA y CONAMA, por ejemplo. En Brasil existen Resoluciones en cuanto a la gestión del agua, el problema es que este país aún tolera muchos riesgos, debilitándose en la prevención de daños. Sucede también que Brasil tiene en su territorio el 15% del volumen mundial de agua dulce, al mismo tiempo que tiene una compleja gobernanza del agua. Esto significa que hay muchas leyes, se realizan foros, además de un Código de Aguas, un Sistema Nacional de Gestión de Recursos Hídricos, pero Brasil enfrenta numerosas disparidades regionales, sufre contaminación y tiene tantos problemas sociales (hambre, miseria) que los problemas relacionados con el agua acaban postergándose. Otro país que se estudió en esta Tesis es España. En España ya se han dictado varias Leyes de Aguas y muchas Resoluciones, por ejemplo. Cabe mencionar que en ese país existen varias directivas sobre el tema, porque desde la década de 1960 existe una preocupación por la escasez de agua y la contaminación, no solo con fines agrícolas y energéticos, sino una gran preocupación relacionada con el agua por su importancia en sí misma para la humanidad. Se demostraron los aspectos históricos y geográficos de España, que explican su gestión del agua, pues el país fue pionero en la gestión de cuencas hidrográficas. Además, España practica hoy en día la reutilización de aguas residuales, así como el proceso de desalación. El agua se considera un bien público, el Estado es la autoridad, ya que su uso requiere concesión, nunca propiedad. Luego de observar la gestión del agua en los dos países, elegidos por sus diferencias sociales, geográficas, históricas y porque ambos tienen recursos hídricos disponibles, se puede decir que Brasil tiene un gran volumen de agua, pero que no siempre ofrece calidad. El análisis de consumos y pérdidas de agua permitió inferir que los dos países tienen deficiencias en estas variables y que necesitan mejoras e intervenciones adecuadas. Dicho esto, también es posible concluir de esta investigación la necesidad de acuerdos legales coherentes para una gobernanza eficaz del agua a fin de garantizar el desarrollo sostenible. Es fundamental revisar el tema de los residuos (índice de pérdidas), así como el consumo, especialmente por parte de la agricultura y las industrias. El agua, por lo tanto, es un desafío para el desarrollo sostenible en sus dimensiones, por lo que tiene que estar bien gestionada. En el sentido de que el agua tiene una fuerte relación con el desarrollo sostenible, también existen objetivos de desarrollo sostenible (ODS, especialmente el número 12, de la Agenda 2030), que resaltan la importancia de este oro azul, se puede decir que el grado de esfuerzo para alcanzar las metas de los objetivos varía según lo que cada Estado considere más relevante. Esta relación también desencadena el hecho de que apreciar el cuidado con el agua, reduciendo su desperdicio, es practicar la protección del medio ambiente. Así, es evidente que el agua impacta en sectores de la economía y que el consumo depende del acceso y la disponibilidad. Por tanto, el Estado no puede ser el único responsable por las desgracias relacionadas con la escasez de agua, y la sociedad debe ser consciente de que es colaboradora directa en los planes y acciones normativas y en el cambio de hábitos y comportamientos, ya que la previsión de incremento poblacional impacta en disponibilidad de agua. Cabe recordar que la crisis puede no ser tanto un problema de escasez de agua, sino de la mala gestión de este bien. Además, las enfermedades relacionadas con el agua no son las únicas culpables de los países en desarrollo. De lo anterior se concluye que a partir del involucramiento de todos (Estados, ciudadanos, empresas) es factible reducir, así como reutilizar y retener el uso del agua, es decir, aplicar la economía circular como solución emergente. Este tema relaciona la circularidad (sin desperdicio) con la sostenibilidad y se verifica en dos enfoques. El primero es que la economía circular reduce la escasez de agua. El segundo es en el sentido de que el agua es fundamental para que pueda haber una economía circular. También es importante señalar que hasta la década de 1970 las soluciones a los problemas relacionados con el agua se buscaban en la ingeniería y, a partir de este período, se buscan en la gestión y, más recientemente, en la propia economía circular como posibilidad de incidir en la sostenibilidad. El agua como derecho humano es algo muy reciente, como lo es la intensificación de una globalización voraz sumada a la amplitud del acceso a la información. Hasta que el agua se convirtió en un derecho humano, había mucho más en la noción de que era deber del estado protegerla. Actualmente, si existiera una coordinación entre los Estados, basada en el derecho transnacional, habría muchas más posibilidades de lograr los objetivos de desarrollo sostenible y, a su vez, el agua potable sería mucho más accesible. Más gente, más uso de energía, más cambio climático. Si no se hace nada en términos de una gestión adecuada del agua, se condena a la humanidad. Se trata de aportar sostenibilidad, equidad social y seguridad (especialmente agua, en este caso) para estimular la economía circular, lo que es bueno para la industria, así como para la agricultura, además de regenerar el medio ambiente. De esta manera, basado en el derecho ambiental transnacional y la gobernanza multinivel, cuidando el agua (con énfasis en la virtud del agua subterránea), se evitará la falla del agua. Por lo tanto, la economía circular se ve como una posibilidad para lograr la sostenibilidad y como la esperanza de una gestión del agua fructífera, cohesionada y asertiva.