Los acuerdos de interés profesional como fuente reguladora de la relación profesional de los trabajadores autónomos económicamente dependientes
ISSN: 1696-9626
Año de publicación: 2007
Número: 15
Tipo: Artículo
Otras publicaciones en: Revista General de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
Resumen
Con ocasión de la reciente aprobación de la Ley que regula el Estatuto del Trabajo Autónomo se ha incorporado a nuestro ordenamiento jurídico una nueva figura negocial denominada “acuerdos de interés profesional” cuyo objeto es el establecimiento de las condiciones de desarrollo de la actividad profesional de un singular colectivo de trabajadores autónomos, los denominados trabajadores autónomos económicamente dependientes. La característica esencial de este colectivo de autónomos es que la principal fuente de los ingresos que obtienen por el desarrollo de su actividad económica o profesional provienen de la misma empresa-cliente. El presente estudio tiene por objeto analizar el régimen jurídico particular de los “acuerdos de interés profesional” a los que la ley ha querido atribuir eficacia inderogable frente a la autonomía individual con el fin de propiciar la consecución de una regulación más garantista para este colectivo de trabajadores autónomos cuya situación de dependencia económica los coloca en una posición de mayor vulnerabilidad.