La imposición propia de las comunidades autónomas

  1. JIMENEZ COMPAIRED, ISMAEL
Zuzendaria:
  1. Antonio Miguel Cayón Galiardo Zuzendaria

Defentsa unibertsitatea: Universidad de Zaragoza

Defentsa urtea: 1992

Epaimahaia:
  1. Fernando Vicente-Arche Domingo Presidentea
  2. Victoria Eugenia Combarros Villanueva Idazkaria
  3. Ramón Falcón Tella Kidea
  4. José Antonio Biescas Ferrer Kidea
  5. María Teresa Soler Roch Kidea

Mota: Tesia

Teseo: 35425 DIALNET

Laburpena

LA PRESENTE TESIS SE PLANTEA COMO OBJETIVOS LA DEFINICION DEL CONCEPTO DE IMPUESTO AUTONOMICO O PROPIO DE LAS COMUNIDADES AUTONOMAS Y LA DELIMITACION DE LA POTESTAD DE ESTAS ENTIDADES PARA ESTABLECER LAS CITADAS EXACCIONES, PUES EN DEFINITIVA LA CAPACIDAD IMPOSITIVA REGIONAL SE RESIDENCIA EN LA PROPIA COMUNIDAD. EL AUTOR HA CONSIDERADO QUE LAS IMPORTANTES PROHIBICIONES GENERICAS QUE SE SITUABAN FRENTE A LA IMPOSICION PROPIA DE LAS COMUNIDADES AUTONOMAS-SUSTANCIALMENTE, LA INTERDICCION DE LA DOBLE IMPOSICION INTERNA-HAN SIDO DESVIRTUADAS EN BUENA PARTE POR LA JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. DE ESTA FORMA SE HABRIA GARANTIZADO UN CIERTO ESPACIO PARA LA IMPOSICION REGIONAL. NO OBSTANTE ELLO, LOS SISTEMAS IMPOSITIVOS DE LAS COMUNIDADES AUTONOMAS HAN GIRADO ALREDEDOR DE PEQUEÑAS FIGURAS MARGINALES, RECHAZANDOSE POR LAS AUTORIDADES TERRITORIALES EL GRAVAMEN DE LA RENTA PERSONAL (EL RECARGO EN EL IRPF). POR RAZONES MAS POLITICAS QUE JURIDICAS EL INSTRUMENTO IMPOSITIVO HA DESAPARECIDO DE LOS PRESUPUESTOS REGIONALES, CIRCUNSTANCIA QUE CONLLEVA UNA SERIE DE DISFUNCIONALIDADES FINANCIERAS Y, SOBRE TODO, POLITICAS.