Análisis de las leyes y políticas de violencia contra las mujeres en el mundo (1984-2012)
- Carmen Vives Cases Directora
Universidad de defensa: Universitat d'Alacant / Universidad de Alicante
Fecha de defensa: 26 de julio de 2013
- Carlos Álvarez-Dardet Díaz Presidente
- Isabel Goicolea Julián Secretario/a
- Mercedes Carrasco Portiño Vocal
Tipo: Tesis
Resumen
OBJETIVO Analizar las leyes y políticas de violencia contra las mujeres en el contexto internacional desde el enfoque de las recomendaciones internacionales sobre el desarrollo de la legislación y las políticas sobre este tema. METODOLOGÍA Estudio 1 y 2: Se realizó una búsqueda sistemática de las leyes de VCM recopiladas en las bases de datos legales de ¿The Anual Review of Law of Harvard University¿, ¿The UN Secretary-General¿s database on Violence Against Women and ¿the Stop Violence against Women¿, para describir el panorama mundial en cuanto a la legislación sobre este tema. Posteriormente, se efectuó un análisis de contenido para determinar la presencia de los componentes legislativos clave en las leyes recomendados por la Organización Panamericana de la Salud [OPS] y las Naciones Unidas [ONU] sobre el desarrollo de las leyes y políticas sobre VCM. Los componentes clave utilizados fueron: a) término utilizado en la denominación de la ley, b) definición de las principales formas de violencia contra las mujeres, c) identificación de las mujeres como beneficiarias de las intervenciones planteadas en la ley y d) participación de los múltiples sectores en las intervenciones para abordar esta problemática. Estudio 3: Se utilizó la recopilación de leyes sobre VCM realizada por las autoras en el estudio 1. Luego, se realizó una búsqueda exhaustiva a través de Internet para identificar organizaciones internacionales que publican información concerniente al desarrollo de herramientas legislativas sobre VCM. Fueron seleccionados ¿the Handbook for legislation on violence against women Advance versión¿ de la ONU, ¿el Modelo de leyes y políticas sobre violencia intrafamiliar contra las mujeres¿ de la OPS y ¿the protection of women against violence. Recomendation Nº R(2002)5 of the Committee of Ministers and Explanatory Memorandum¿ de el Consejo de Europa [CoE]. Finalmente, se realizó un análisis de contenido de las recomendaciones internacionales clave sobre el desarrollo de las leyes y políticas sobre VCM y de los textos legislativos recopilados, para identificar la mención explícita de intervenciones específicas para abordar las necesidades de las mujeres con mayor grado de vulnerabilidad ¿discapacitadas, embarazadas, mujeres mayores, pertenecientes a minorías étnicas e inmigrantes-. Estudio 4. Por último, utilizando la compilación de leyes obtenida previamente, se realizó un análisis de contenido para identificar aquellas leyes que hacían mención explícita a intervenciones específicas en el ámbito sanitario. Luego, se clasificaron las intervenciones según los niveles de prevención primaria, secundaria y terciaria definidos por la Organización Mundial de la Salud [OMS] en su Informe Mundial sobre Violencia y Salud (2002). RESULTADOS Estudio 1 y 2: Pocos países identificaron específicamente a las mujeres como beneficiarias de su legislación sobre VCM. De la totalidad de 80 países, 51 países denominaron su legislación como leyes de ¿violencia doméstica¿, de los cuales sólo dos mencionaban explícitamente a las mujeres como principales supervivientes al maltrato. De los 39 países que incluían alguna definición de las manifestaciones de maltrato (económica, física, psicológica y sexual), sólo 28 países incluyeron la definición de las cuatro formas de abuso en su legislación. La mayoría destacaron la función del sistema judicial, seguida por la función de los servicios sociales y la policía. Sólo 28 hicieron mención al sector de la salud. Estudio 3: Los documentos clave sobre el desarrollo de leyes y políticas para abordar la VCM - the Handbook for legislation on violence against women, el Modelo de leyes y políticas sobre violencia intrafamiliar contra las mujeres, the protection of women against violence. Recomendation Nº R (2002)5 of the Committee of Ministers and Explanatory Memorandum- muestran la importancia de eliminar cualquier obstáculo que enfrentan las mujeres en situación de mayor vulnerabilidad -discapacitadas, embarazadas, minorías étnicas e inmigrantes y mujeres mayores- para acceder a los recursos sobre VCM. Al respecto de las leyes de VCM, de un total de 62 documentos legislativos correspondientes a 51 países, sólo en 12 leyes se mencionan uno o más de estos grupos de mujeres vulnerables. Las referencias a las medidas punitivas, el desarrollo de planes de acción y estrategias específicas para garantizar el acceso a los recursos existentes son las intervenciones más comunes en las leyes de VCM. Estudio 4: De 115 países analizados, se identificaron 24 países en cuya legislación se hacían mención a intervenciones específicamente desarrolladas por el sector salud, sobre todo de prevención terciaria. Las leyes de México, Colombia, Argentina, El Salvador, España y Filipinas integran intervenciones relacionadas con los tres niveles de prevención de Salud Pública ¿primaria, secundaria y terciaria-. CONCLUSIONES A pesar de los considerables esfuerzos que se han hecho en todo el mundo para fortalecer la legislación sobre este tema, la mayoría de las leyes relativas a la VCM no incorporan los componentes clave recomendados. La escasa presencia de intervenciones dirigidas a abordar las necesidades específicas de las mujeres más vulnerables pone de manifiesto la necesidad de incorporar un enfoque de equidad más amplio en la legislación sobre este tema. La tímida participación del sector sanitario en estas leyes sugiere la necesidad de un mayor aprovechamiento de las potencialidades de este sector, en las intervenciones en torno a la VCM y, en especial, aquellas relacionadas con la prevención primaria.