La protección jurídica de los servicios de acceso condicional

  1. Moya Fuentes, María del Mar
Dirigida por:
  1. María del Mar Carrasco Andrino Directora

Universidad de defensa: Universitat d'Alacant / Universidad de Alicante

Fecha de defensa: 05 de abril de 2011

Tribunal:
  1. Francisco Javier Álvarez García Presidente/a
  2. Esperanza Vaello Esquerdo Secretaria
  3. Paz M. de la Cuesta Aguado Vocal
  4. Luigi Foffani Vocal
  5. Bernardo del Rosal Blasco Vocal
Departamento:
  1. DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO Y DERECHO PENAL

Tipo: Tesis

Teseo: 306366 DIALNET

Resumen

Con el presente trabajo de investigación se ofrece una interpretación dogmática de los delitos contra los servicios de radiodifusión e interactivos de carácter condicional del art. 286 CP, introducidos como novedad por la Ley Orgánica 15/2003, de reforma del Código Penal en la sección 3ª del Capítulo XI del Título XIII denominada de los delitos relativos al mercado y a los consumidores. Esta modificación responde a la necesaria transposición al derecho interno español de la Directiva 98/84/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de noviembre de 1998 relativa a la protección jurídica de los servicios de acceso condicional o basados en dicho acceso. El legislador español opta así con este art. 286 CP por una protección penal de los servicios condicionados no exigida por esta Directiva, que no cuenta con precedentes normativos y que se inspira en lo dispuesto en el Libro Verde sobre la protección jurídica de los servicios codificados en el mercado interior del año 1997, origen de la anterior Directiva, así como en los Convenios del Consejo de Europa núm. 178 sobre protección jurídica de los servicios basados en el acceso condicional o consistentes en dicho acceso, firmado en Estrasburgo, firmado en Estrasburgo (2001) y el Convenio núm. 185 sobre Cibercriminalidad suscrito en Budapest (2001). Se comienza, así, el estudio de estos delitos con la delimitación del concepto de servicio de acceso condicional y el examen de la normativa comunitaria e internacional relativas a su protección, que constituyen los antecedentes legislativos del art. 286, analizándose seguidamente sus diferentes tipos de injustos.