La repercusión tributaria
- JIMENEZ AMBEL, FRANCISCO
- Juan Bautista Martín Queralt Director/a
Universidad de defensa: Universitat de València
Año de defensa: 1992
- José Juan Ferreiro Lapatza Presidente/a
- Antonia Agulló Agüero Secretario/a
- Juan José Bayona de Perogordo Vocal
- Fernando J. Cervera Torrejón Vocal
- M. Teresa Soler Roig Vocal
Tipo: Tesis
Resumen
EL "REPERCUTIDO" ES UN "SUJETO PASIVO TRIBUTARIO". EMPIRICAMENTE LO HA SIDO EN EL IMPUESTO SOBRE EL LUJO GRAVADO EN ORIGEN TRAS SU REFORMA DE 1979, Y EN EL IMPUESTO GENERAL SOBRE EL TRAFICO DE LAS EMPRESAS DESDE SU REFORMA EN 1979. MAYOR TRASCENDENCIA REVISTE EL HECHO DE SERLO, DE FORMA EMBLEMATICA, EN EL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO. ESTA TESIS SE CONTRAPONE A LA DOGMATICA MAYORITARIA SEGUN LA CUAL SOLO ES SUJETO PASIVO QUIEN DEBE UNA SUMA A TITULO DE TRIBUTO A UN ENTE PUBLICO. YA SEA POR DARSE ESA EXIGENCIA (TEORIA DEL "RESPONSABLE TRIBUTARIO", POR LA RELACION DE INSPECCION, POR ESTAR LEGITIMADO PARA IR A LA VIA ECONOMICO-ADMINISTRATIVA, POR PODER SER SANCIONADO, POR PODER INSTAR LA DEVOLUCION DE UN INGRESO INDEBIDO, ETC.) O ESTAR EN DECLIVE DE LEGE FERENDA (REFORMA DE LA LEY GENERAL TRIBUTARIA, ETC). LA SUPERACION DE TAL RESTRICCION DESCANSA EN QUE: EL REPERCUTIDO ES EL DETENTADOR DE LA CAPACIDAD CONTRIBUTIVA; ES EL VERDADERO ASPECTO PERSONAL DEL ELEMENTO OBJETIVO DEL HECHO IMPONIBLE; ES EL UNICO SUCEPTIBLE DE SUFRIR EL GRAVAMEN SOBRE EL GASTO Y VERTEBRAR SU EXENCION, ETC.