El contrato de alimentos
- Juan Antonio Moreno Martínez Director
Universidad de defensa: Universitat d'Alacant / Universidad de Alicante
Fecha de defensa: 20 de julio de 2012
- Juan Roca Guillamón Presidente/a
- Pedro José Femenía López Secretario
- María del Carmen Gómez Laplaza Vocal
- Lorenzo Mezzasoma Vocal
- Silvia Díaz Alabart Vocal
Tipo: Tesis
Resumen
El contrato de alimentos es una figura jurídica de reciente tipificación en España ya que es la Ley 41/2003, de 18 de noviembre, de Protección Patrimonial de las Personas con Discapacidad, la que introduce su regulación en los artículos 1791 a 1797 del Código civil. A pesar de que hasta dicho año el contrato era atípico, es decir, no gozaba de un régimen jurídico propio y específico, se puede afirmar su tipicidad social desde antaño. Por esta razón, debido a que en la práctica se llevaba a cabo este tipo de pacto de forma frecuente, tanto la doctrina como la jurisprudencia venían reclamando, desde hacía años, la elaboración de una regulación estatal específica para este contrato, que por fin vio la luz en el año 2003 y que se recogió en una ley claramente protectora de las personas discapacitadas. A pesar de que el legislador parece haber diseñado este contrato para cubrir las necesidades de este colectivo así como de las personas mayores, se trata de un pacto que puede realizar cualquier persona que goce de capacidad suficiente y que pretenda asegurar su futuro a través de un mecanismo con el que se proteja tanto su esfera patrimonial, como su esfera personal. Por tanto, el objetivo principal de esta investigación ha sido dar respuesta a los problemas que suscita este contrato en la práctica y que se ponen de manifiesto en las numerosas sentencias dictadas sobre esta materia. Desde el concepto del contrato hasta su extinción, pasando por los incumplimientos contractuales, se analizan multitud de casos interesantes y se intentan resolver las cuestiones más controvertidas.